Raquel Abajas Abogada

Abogada Accidentes de Tráfico en Bilbao

Si has tenido un accidente de tráfico y quieres reclamar, en este despacho te ayudaremos a conseguir la máxima indemnización posible. Somos expertos en las reclamaciones a las aseguradoras, agilizando los trámites, asesorándote acerca de todas las indemnizaciones que te corresponden y peleando por ti para que puedas centrarte en tu recuperación.

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    Nos encargamos de reclamar a la aseguradora y pelear porque obtengas la máxima indemnización posible.

    Si las negociaciones con la aseguradora no dan los resultados esperados, iniciar el procedimeitno judicial.

    Raquel Abajas Abogada Bizkaia

    Abogada especialista en Accidentes de tráfico

    Soy Raquel Abajas y me dedico a la abogacía, especializada en accidentes de tráfico, desde hace más de 7 años con una vocación completa.

    Durante los más de 7 años de andadura, he logrado un sinfín de éxitos en asuntos en el ámbito de las reclamaciones a las aseguradoras por accidentes de tráfico, haciendo valer los derechos de los asegurados a los efectos de garantizarles la mejor indemnizacón, y la mayor agilidad en los trámites para que puedan centrarse en lo importante, que es su recuperación.

    Mi pasión y vocación por esta profesión me llevan a darle siempre una perspectiva más humana al derecho, ya que la profesionalidad no está en conflicto con la cercanía y la comprensión.

    Confía en este despacho, recibirás el asesoramiento que mereces.

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      Preguntas Frecuentes

      Cuando ocurre un accidente de tráfico y la compañía de seguros declara que nuestro vehículo se encuentra en estado de siniestro total, significa que un perito ha determinado que el coste de reparación de los daños del coche es mayor que el propio valor venal del coche o el valor de venta del mismo en el mercado en el momento de producirse el accidente. Es decir, cuesta más reparar el vehículo que lo que cuesta el vehículo en sí.

      Sin embargo, hay que tener en cuenta que no siempre que la compañía nos califica el vehículo como siniestro total estamos obligados a aceptar dicha declaración, hay que estudiar cada caso concreto.

      Una vez se da esa declaración, dependiendo de si media culpa propia en el accidente, y del tipo de seguro que tengamos, la compañía (la nuestra en caso de que la culpa del siniestro haya sido nuestra, o la contraria) nos ofrecerá una indemnización por el vehículo.

      De nuevo, este ofrecimiento es necesario valorarlo, por cuanto cabe la posibilidad (en un porcentaje muy alto de los casos) de que la aseguradora nos ofrezca una indemnización que no es suficiente para poder afrontar la compra de otro coche de similares características, es por ello, que cada oferta requiere un estudio pormenorizado del asunto.

      • Todavía no me he terminado de recuperar de mis lesiones, pero me han dado el alta, ¿qué puedo hacer?

      Este, tristemente, es un caso bastante habitual. Si todavía no estamos en condiciones de que nos den el alta lo principal es actuar con rapidez para impugnar dicho ata médica, por cuanto hay que iniciar un procedimiento de impugnación de la alta médica en Seguridad Social y los plazos son muy breves.

      Para iniciar este procedimiento lo principal es saber dos cosas: si ese accidente ha sido in itinere, mientras trabajábamos, o sin relación con nuestra actividad profesional, y cuánto tiempo llevábamos de baja, pues de ello van a depender los plazos de impugnación.

      En ese caso, tienes derecho a solicitar una indemnización por las secuelas sufridas tras el accidente, las cuales se calcularán conforme al baremo que nos brinda la Ley 35/2015. Este baremo nos ayuda a los abogados especialistas en accidentes de tráfico a calcular la indemnización que pudiera correspondernos en estos casos, por cuanto nos ofrece unos criterios objetivos para poder evaluar la gravedad de las lesiones y secuelas.

      Lo principal es determinar el nexo causal entre el accidente y las secuelas, para así poder reclamar la indemnización que nos corresponde, es por ello, que desde este despacho siempre se recomienda acudir a un perito médico especialista que pueda valorar las secuelas, y realizar un informe detallado con todas las consideraciones que estime oportunas al respecto, así este informe se erigirá como nuestra piedra angular a la hora de iniciar nuestra reclamación.

      Una vez con esta valoración en nuestras manos, lo principal es recopilar cuanta información médica nos sea posible, informes médicos, facturas de tratamiento, rehabilitación, y toda aquella documentación que pueda sernos útil a los efectos de la reclamación, como por ejemplo, atestados policiales, testimonios….

      Tras esto, se notificará a la aseguradora del vehículo responsable y se iniciará la reclamación.

      No. Como asegurados nosotros tenermos derecho a acudir a cualquier centro de rehabilitación concertado, y no teniendo por qué acudir al que nos «recomiende» el seguro.

      Por supuesto. siempre vamos a tener derecho a cobrar esa indemnización independientemente de nuestra situación laboral.

      No. Como asegurados nosotros tenemos derecho a acudir a cualquier centro de rehabilitación concertado, y no teniendo por qué acudir al que nos «recomiende» el seguro, siendo esta, además, la recomendación principal que hace este despacho.

      Situación diferente es el médico que valore nuestras lesiones tras sufrir un accidente, y es que ahí la aseguradora sí que puede citarnos en uno de sus centros concertados para que nos realicen una primera valoración médica y un posterior seguimiento de la evolución de las lesiones en caso de ser necesario. En caso de tener unas lesiones que no nos permitan desplazarnos, la compañía enviará un médico a nuestro domicilio para que pueda valorarnos.

      Cuando acabamos de sufrir un accidente, hemos de remitir todos los datos de los que dispongamos a nuestra compañía aseguradora en un plazo máximo de 7 días para que puedan iniciar el expediente.

      Sin embargo, cosa distinta es el plazo con el contamos para reclamar la indemnización correspondiente. Cuando sufrimos un accidente tenemos el plazo de un año desde que se produce el mismo o desde la estabilización o curación de las lesiones.

      Es decir, en un accidente que se ha cobrado una vida, unestro plazo para reclamar comienza a partir del mismo momento en que se produce el accidente, sin embargo, si de ese accidente derivan lesiones, el plazo es de un año desde su estabilización o curación completa.

      No, en absoluto. No estás obligado a mantener el abogado de la compañía aseguradora, eres libre, en cualquier momento de designar el abogado que prefieras, siendo así además, que, en la mayoría de los casos los gastos íntegros de este abogado, o al menos buena parte de los mismos, serán abonados por la propia compañía de seguros.